Un Comentario Histórico del año 1998Estatutos
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Convocados por el Superior General, seis directores de la Asociación de la Medalla Milagrosa de todo el mundo se reunieron en una comisión del 15 al 20 de Diciembre de 1997, en la Curia General de la Congregación de la Misión. Los presentes en este encuentro fueron: Rev. Joseph Benoit, C.M. de Paris, Francia; Rev. William O'Brien, C.M., de Filadelfia, PA, USA; Rev. Jesús Rodríguez Rico, C.M., de Madrid, España; Rev. Benjamín Romo, C.M., de México Ciudad de México; Rev. Charles Shelby, C.M., de Perryville. MO, USA; y Rev. Francisco Vargas, C.M., de Manila, Filipinas. Fieles al Espíritu, llamados por el Concilio Vaticano II y por
los signos de los tiempos, estos directores vieron la necesidad de revisar
los Estatutos Internacionales. Sus objetivos fueron: CONCREGATIO
D E C R E T O
La Congregación para los Institutos de Vida Consagrada y Sociedades de Vida Apostólica, habiendo examinado atentamente el asunto, por este Decreto, aprueba y confirma los nuevos Estatutos mencionados más arriba, que corresponden al texto conservado en estos archivos. Sin que obste nada en contra. Vaticano, 19 de Febrero de 1998.
Excelentísimo Santo Padre, Robert Maloney, Superior General de la Congregación de la Misión y de las Hijas de la Caridad humildemente expone lo siguiente: La Asociación de la Santa Medalla de la Inmaculada Concepción,
popularmente conocida como la Asociación de la Medalla Milagrosa
cuyos objetivos y estatutos fueron aprobados y confirmados por su Santidad
Pio X en Julio 8 de 1909, ha sido establecida en muchas Diócesis. Abriendo los párrafos están esencialmente los mismos que en los estatutos de 1990, excepto que el superior General es ahora Robert Maloney. Esto difiere ligeramente de los Estatutos modelo de 1909. Todos los subtítulos abajo son de 1998.
La Asociación de la Inmaculada Concepción de la Sagrada Medalla es un vivo y perenne memorial de la aparición de la Inmaculada Virgen María en 1830, cuya fiesta se celebra anualmente el 27 de Noviembre. En esta aparición, la Virgen mostró un ejemplar de la medalla, que se extendió rápidamente por todo el orbe de la tierra. Fue llamada por el pueblo "milagrosa" debido a los muchos favores extraordinarios que Dios concedía por medio de esta medalla. En el Artículo 1, la palabra “Asociación” aquí traducida “Consociatio” en Latín, es un término del Código de 1983. En los Estatutos antiguos la palabra fue “Sodalitas” . Fuera de esto, el Artículo 1 no está alterado. Esta terminología implícitamente forma la Asociación de la Medalla Milagrosa como la asociación de los fieles Cristianos como describe en el Libro II, Título V del Código, Específicamente, la Asociación de la Medalla Milagrosa es una Asociación Internacional privada de los fieles Cristianos con Estatutos aprobados por la Santa Sede (Capítulo III, Cánones 321, 326). Artículo 2. Fin de la Asociación Esta Asociación tiene como fin venerar a María concebida
sin pecado; y la santificación de sus miembros, la formación
integral en la vida cristiana y el apostolado de la caridad especialmente
con los más abandonados. La Sagrada Medalla de María, tanto
por los símbolos que presenta como por la virtud de que está dotada,
ofrece un modelo y ayuda para estos fines.
§1. Director General Esta Asociación se rige por la autoridad de un Director General, el Superior General de la Congregación de la Misión y de la Compañía de las Hijas de la Caridad (AAS, I [1909], 669- 671). §2. Director Nacional o Presidente El Director General nombra un Director Nacional o Presidente para un territorio determinado. §3. Asesor Diocesano El Obispo diocesano, a propuesta del Director Nacional, nombra un Asesor Diocesano para animar la Asociación en su iglesia particular y trabaja bajo la autoridad del Director Nacional. Los nuevos estatutos han dividido previamente al artículo tres
dentro de tres secciones. (La sección de subtítulos de
los artículos 3 y 4 que no están en la versión oficial
en latín.) Artículo 4. Socios §1. Miembros en general Todos los fieles pueden pertenecer a esta Asociación y participar de sus privilegios. Son miembros las personas que llevan la Sagrada Medalla bendecida por un sacerdote. Conviene que lleven la Medalla pendiente del cuello. Es laudable que reciban la medalla bendecida por un sacerdote, y que sea impuesta por un sacerdote o por un laico delegado para ello, de acuerdo con el rito que ha sido aprobado por la Congregación para el Culto Divino. No obstante, este rito, con la imposición de la Medalla, no es necesario para que una persona sea miembro de la Asociación. §2. Miembros especiales Miembros especiales son quienes han sido inscritos en los registros de la Asociación. El criterio para ser miembros está señalado en los estatutos de la Asociación. El artículo de pertenencia a la Asociación fue el artículo
5 en los estatutos anteriores. En los estatutos de 1990 se utilizó incorrectamente
el término “membrum” por miembro. Estos estatutos
usaron el término “socius” el cual se utiliza en el
Código de la Ley Canónica. En los estatutos de 1909 estuvieron
miembros quienes usaron una medalla bendecida e impuesta por un sacerdote
de acuerdo a los ritos propios. Los estatutos de 1990 retiran el requerimiento
de imposición, pero describen a esto como loable o conveniente
pero no necesario. Además, los estatutos de 1909 conceden una
preparación personal para la imposición de la medalla bendecida
por un sacerdote. Una característica de la Asociación de
la Medalla Milagrosa es que no hay requerimiento para registrar los nombres
de los miembros que la conforman. Esto en virtud de que es imposible
cuantificar cuantas personas son miembros de esta Asociación. Artículo 5. Estatutos Particulares Los Estatutos de la Asociación son propuestos por el Director Nacional y aprobados por el Director General.
Artículo 6. Indulgencias Los miembros de la Asociación de la Inmaculada Concepción de la Sagrada Medalla gozan de las indulgencias concedidas a perpetuidad por el rescripto de la Penitenciaría Apostólica dado el 27 de Octubre de 1995. 1. en el día de la imposición, La sección de indulgencias estuvo en el artículo 4 en los estatutos anteriores. Por un período de tiempo después del Concilio Vaticano II, la Santa Sede concedió las indulgencias para un período limitado; Sin embargo en 1995 fueron concedidas a perpetuidad, permitiendo que sean especificadas en los Estatutos Internacionales.
La Fiesta principal de la Asociación se celebra el 27 de Noviembre,
en el que se recuerda la aparición de la Inmaculada Virgen María
de la Sagrada Medalla.
Los miembros, conscientes de que María, "asunta a los cielos , ... no abandonó su misión salvadora, sino que con su múltiple intercesión continúa procurándonos los dones de la salvación eterna" (Lumen Gentium, 62), procuran repetir con frecuencia las palabras que aparecen en la medalla, "Oh María, sin pecado concebida, ruega por nosotros que recurrimos a ti". Sin embargo, deben recordar que "la verdadera devoción no consiste ni en un sentimiento pasajero y sin frutos ni en una credulidad vacía. Al contrario, procede de la fe, que nos lleva a reconocer la grandeza de la Madre de Dios y nos anima a amar como hijos a nuestra Madre y a imitar sus virtudes" (Lumen Gentium, 67). La última exhortación es de los estatutos de 1990, la cual se formuló a partir de la doctrina de la Lumen Gentium. En los estatutos de 1909, hubo simplemente una frase diciendo que los miembros no tienen nuevas obligaciones pero que se les exhorta a recitar frecuentemente la oración de la medalla. Aprobados por la Congregación para los Institutos de Vida Consagrada
y Sociedades de Vida Apostólica. A 19 de Febrero de 1998
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